YASMÍN ESQUIVEL GARANTIZA SEGURIDAD SOCIAL A FAMILIARES CON DISCAPACIDAD

CDMX, 19 DE MARZO DE 2025. La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concedió un amparo para que el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) reconozca como derechohabiente a un hermano con discapacidad de una persona y que es su dependiente económico.

El caso se originó cuando una trabajadora solicitó la inscripción de su hermano como beneficiario del ISSSTE, argumentando que, debido a su discapacidad, lo hacía depender completamente de ella tras el fallecimiento de sus padres. No obstante, el Instituto rechazó la solicitud porque la legislación vigente no contempla a los hermanos dentro del grupo de familiares derechohabientes.

Por unanimidad, los Ministros de la Segunda Sala, bajo la ponencia de la Ministra Yasmín Esquivel Mossa, determinaron que el artículo 6, fracción XII, de la Ley del ISSSTE es inconstitucional, pues excluye de manera discriminatoria a los hermanos con discapacidad y que son dependientes económicos del trabajador, del derecho a recibir asistencia médica y medicamentos. En consecuencia, el ISSSTE ahora deberá revisar la solicitud y reconocer al hermano de la trabajadora como derechohabiente. garantizando su acceso a los servicios de salud proporcionados por el Instituto.

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