VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES, SÍMBOLO MÁS BRUTAL DE DESIGUALDAD DE GÉNERO EN LA SOCIEDAD: YASMÍN ESQUIVEL

El Pleno de la SCJN aprobó proyecto de la Ministra Yasmín Esquivel que valida ley para la protección de mujeres víctimas de violencia vicaria.

70% de las mujeres mexicanas mayores de 15 años han sufrido algún incidente de violencia a lo largo de sus vidas, detalló.

CDMX, 26 de febrero de 2024. Por unanimidad de votos, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación validó la constitucionalidad de diversos preceptos de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de San Luis Potosí, que prevén mecanismos especiales de protección para las mujeres víctimas de violencia vicaria.

El proyecto de sentencia estuvo a cargo de la Ministra Yasmín Esquivel Mossa, quien explicó que el término de violencia vicaria fue acuñado en 2012 por Sonia Vaccaro, renombrada psicóloga clínica y perita judicial de Argentina.

Destacó que este particular tipo de violencia implica todas aquellas acciones ejercidas sobre las hijas e hijos de la mujer, con el objetivo de causarle daño, realizadas por una persona agresora con quien tenga o haya tenido una relación de matrimonio, concubinato, u otra relación de hecho.

Para la Ministra es válido que la definición de violencia vicaria sólo comprenda a las mujeres y no a los hombres, pues las mujeres en México se enfrentan a un escenario particularmente grave que hace necesario un régimen específico que las proteja de agresiones.

Esquivel Mossa refirió que, de acuerdo con cifras del INEGI, a nivel nacional, del total de mujeres de 15 años en adelante, 70.1 % han experimentado al menos un incidente de violencia, que puede ser psicológica, económica, patrimonial, física, sexual o discriminación en al menos un ámbito y ejercida por cualquier persona agresora a lo largo de su vida.

Yasmín Esquivel recordó que, en la exposición de motivos de la Ley General en la materia, las y los legisladores federales destacaron la necesidad de contar con un instrumento jurídico con perspectiva de género, que permita erradicar la violencia contra las mujeres “considerada como el símbolo más brutal de desigualdad de género existente en nuestra sociedad”, puntualizó.

Así, concluyó que la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de San Luis Potosí resulta constitucional, pues al contener modelos de atención, prevención y sanción para proteger a las mujeres víctimas de violencia vicaria, se avanza en el cumplimiento de una finalidad relevante para nuestra sociedad: la erradicación de todas las formas de violencia contra la mujer.

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