SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DETERMINA NO SEPARAR DEL CARGO A GOBERNADOR DE NUEVO LEÓN

Los Ministros de la SCJN discutieron la controversia constitucional promovida por Samuel García en contra del procedimiento de juicio político que inició en su contra el Congreso de Nuevo León.

CDMX, 21 DE MAYO DE 2024. Por unanimidad de votos, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inconstitucional una porción normativa del artículo 203 de la Constitución de Nuevo León, que señala que los funcionarios locales sujetos a juicio político deben ser separados de su encargo cuando dos terceras partes del Congreso del Estado determinen que ha lugar al procedimiento, no obstante que es al Tribunal Superior de Justicia del Estado a quien corresponde resolver en definitiva si debe o no destituirse al servidor público.

Lo anterior, en el marco de la controversia constitucional que presentó Samuel García para impugnar el procedimiento de juicio político que lleva en su contra la Legislatura local.

Al pronunciarse en el asunto, la Ministra Yasmín Esquivel Mossa explicó que el procedimiento de juicio político en Nuevo León se divide en dos fases: una en la cual el Congreso del Estado da trámite al asunto y propone la imposición de la sanción correspondiente; y otra, donde el Tribunal Superior de Justicia del Estado se erige como jurado de sentencia y determina si efectivamente ha lugar o no a destituir al funcionario.

De ahí que resulta incorrecto que durante el trámite del juicio político se faculte al Congreso de Nuevo León a separar de su encargo al acusado, puesto que ello equivale a una sanción anticipada que sólo corresponde imponer al Tribunal Superior de Justicia del Estado al final del procedimiento, señaló la Ministra.

Sin embargo, aun cuando se invalidó la referida porción de la Constitución de Nuevo León, el Pleno de la Corte determinó por mayoría de 9 votos declarar la validez del acuerdo del Congreso Local que dio inicio al juicio político en contra del Gobernador Samuel García.

En desacuerdo con esta última decisión, las Ministras Yasmín Esquivel Mossa y Lenia Batres Guadarrama estimaron que también debía invalidarse el acuerdo de la Legislatura del Estado, puesto que estaba fundamentado en el propio artículo 203 de la Constitución de Nuevo León que, en parte, se declaró inconstitucional.

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