CDMX, 3 DE JUNIO DE 2025. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desestimó en su mayoría una impugnación presentada por un partido político contra las reformas al Poder Judicial de Veracruz, que buscan armonizar el sistema local con la reforma constitucional federal.
Durante la sesión, la Ministra Yasmín Esquivel Mossa advirtió que la acción debía considerarse improcedente, al señalar que el partido promovente no tiene legitimación para impugnar normas que no son estrictamente electorales.
Explicó que estas entidades de interés público pueden cuestionar reglas relacionadas con elecciones, pero no extender su alcance a disposiciones ajenas, como aquellas sobre licencias, retiro de jueces o funcionamiento del Tribunal de Disciplina Judicial.
Además, Esquivel Mossa se pronunció a favor de mantener la validez de una parte de la reforma que establece que las Magistradas y Magistrados en funciones al inicio del Proceso Electoral Ordinario 2026-2027, cuyo periodo concluya antes de las elecciones, solo podrán ser acreedoras de un haber de retiro o de una pensión complementaria, si optan por presentar su renuncia antes del cierre de la convocatoria relativa.
Ello porque “se trata de personas servidoras públicas que ya fueron nombradas y ejercieron sus cargos conforme un mecanismo distinto al electoral, por lo que su participación en los comicios para ejercerlo por un nuevo periodo les obliga a contender en igualdad de condiciones que las demás candidaturas”, explicó la Ministra.
Así, de conformidad con la Ministra Esquivel “quienes ya ejercieron el cargo bajo un sistema distinto no deben aspirar a obtener alguna prestación diferente a las que tendrían las demás personas contendientes, en caso de no resultar vencedores, porque aún en el caso de triunfar, deberán sujetarse a las condiciones económicas que tengan las demás Magistradas y Magistrados sin privilegio alguno”. Por esa razón, defendió que esta medida promueve la equidad en la contienda y evita privilegios injustificados.
Finalmente, al no alcanzar los votos necesarios para declarar inválida alguna disposición de la reforma, la SCJN reconoció el nuevo modelo judicial de Veracruz, con lo cual se mantiene vigente el sistema de elección por voto popular para renovar a las personas juzgadoras.