SE DEBE GARANTIZAR UNA CONSULTA ABIERTA EN MATERIA DE SALUD MENTAL: YASMÍN ESQUIVEL

CDMX, 10 DE MARZO DE 2025. El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) analizó diversas disposiciones de la Ley de Salud Mental, la Ley Estatal de Salud y la Ley que Regula la Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil, todas del Estado de Chihuahua.

El proyecto de la acción de inconstitucionalidad presentada por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) fue desechado por no alcanzar la votación idónea; pero, originalmente, se pretendía invalidar la totalidad de dichas normas argumentando la falta de consulta a personas con discapacidad.

Al intervenir durante la sesión pública, la Ministra Yasmín Esquivel Mossa explicó que únicamente se requería de una consulta previa respecto de la mencionada Ley de Salud Mental de Chihuahua, pues “impactan directamente en el sector de la población que sufre algún padecimiento de esa naturaleza, particularmente para brindar protección y atención integral de personas con tendencias suicidas, así como para prevención y erradicación de tal problema mediante un diagnóstico oportuno”.

Incluso, Esquivel precisó que, si bien el Congreso de Chihuahua realizó un foro para tales efectos, lo cierto es que este evento no cumplió con los estándares previstos por el Alto Tribunal: “debió haber existido una convocatoria abierta, para quienes tienen algún padecimiento de naturaleza mental, así como a las organizaciones representativas”, explicó la Ministra.

Sin embargo, se opuso en invalidar el resto del aparato normativo, ello porque las demás tratan esencialmente de organizar a las instituciones de salud locales para la atención de los trastornos mentales y del comportamiento, así como a la promoción de la salud mental y específicamente en materia de prevención del suicidio, inclusive de la infancia, así como a la atención de otros padecimientos.

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