REVISAR LOS HOSPITALES PSIQUIÁTRICOS Y CONDICIONES DE INTERNAMIENTO, PIDE YASMÍN ESQUIVEL MOSSA

La propuesta de la Ministra Yasmín Esquivel destaca que las mujeres con discapacidad en México se enfrentan a diversos estereotipos, pues en ocasiones son inclusive percibidas como una carga.

El internamiento involuntario de personas tiene el potencial de constituir violaciones graves a Derechos Humanos.

CDMX, 21 DE FEBRERO DE 2024.- La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación aprobó por unanimidad un proyecto presentado por Yasmín Esquivel Mossa, en el cual se ordena a un Juez de Distrito realizar diversas diligencias para comprobar si las pacientes de un hospital psiquiátrico en el Estado de México otorgaron su consentimiento para ser internadas, o en todo caso, si existe alguna justificación para que hayan ingresado involuntariamente.

El asunto surge a raíz de la reforma a la Ley General de Salud del 16 de mayo de 2022, que eliminó la figura del internamiento involuntario de personas con padecimientos de salud mental, a fin de establecer que son los pacientes quienes ostentan el derecho a consentir o denegar el permiso de cualquier tratamiento.

De esta forma, sólo por excepción y en casos de urgencia, puede internarse a un usuario sin su consentimiento cuando resulte necesario para proteger su vida de un riesgo inminente, o su integridad física de un daño irreversible.

La propuesta de la Ministra Esquivel Mossa destaca que las mujeres con discapacidad en México se enfrentan a diversos estereotipos, ya que en ocasiones son percibidas como una carga y son ingresadas en instituciones psiquiátricas, debido a la creencia de que no son capaces de desempeñar el papel tradicional de madres y cuidadoras.

Además, el proyecto recalca que el internamiento involuntario de personas tiene el potencial de constituir violaciones graves a Derechos Humanos, como la privación de la libertad fuera del procedimiento, incomunicación, e inclusive, tortura y tratos crueles, inhumanos o degradantes, como lo ha señalado el propio Relator Especial de la Organización de Naciones Unidas.

Por lo anterior, la Segunda Sala de la Suprema Corte determinó que el Juez de Distrito que conoce del asunto, previo a tomar una decisión sobre la admisión o desechamiento de la demanda, debe adoptar un papel activo y flexible a efecto de hacerse de mayores elementos que le permitan determinar si en el hospital psiquiátrico se encuentran mujeres internadas ilegalmente sin su consentimiento.

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