EXPERIENCIA

PERMITE SCJN QUE LAS LEGISLATURAS LOCALES PROTEJAN A FUNCIONARIOS DESAFORADOS POR LA CÁMARA DE DIPUTADOS FEDERAL

CDMX, 12 DE MARZO DE 2024. Por mayoría de votos, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación reconoció la validez de diversas porciones de la Constitución de Tamaulipas y de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos de Tamaulipas, que facultan al Congreso Local a oponerse de manera definitiva a las resoluciones de la Cámara de Diputados que autoricen proceder penalmente contra servidores públicos estatales por la comisión de ilícitos federales.

La Ministra Yasmín Esquivel votó en contra de la propuesta y se pronunció por declarar la inconstitucionalidad de las normas, pues estimó que permitir a una legislatura local inmiscuirse en los desafueros que sean declarados por la Cámara de Diputados implica “un pase automático para que los Gobernadores y otros altos funcionarios locales, sean arropados temporalmente con el manto de la impunidad, trivializando tanto la función del Ministerio Público de la Federación, como la deliberación y decisión adoptadas democráticamente por uno de los órganos del Poder Legislativo Federal”.

De igual forma, la Ministra Loretta Ortiz Ahlf se pronunció en contra del proyecto; señaló que la Cámara de Diputados tiene la facultad exclusiva para resolver si ha lugar a proceder penalmente contra un funcionario por incurrir en delitos federales, por lo que los congresos estatales no pueden variar el sentido de las determinaciones de desafuero. Recalcó que estimar lo contrario implicaría aceptar que existe una doble protección para los servidores de las entidades federativas, pues para proceder penalmente en su contra, se requeriría de una votación en la Cámara de Diputados y otra en la legislatura local correspondiente, cuestión que estimó inaceptable.

Similares consideraciones hizo la Ministra Lenia Batres Guadarrama, quien subrayó que el artículo 111 de la Constitución Federal dispone expresamente que las resoluciones de desafuero que emita la Cámara de Diputados son inatacables, de donde se desprende que las legislaturas locales no pueden revisarlas, revertirlas, aprobarlas o desaprobarlas.

En tanto, los Ministros que votaron a favor de la propuesta consideraron que los congresos locales sí tienen facultades para determinar si homologan o no el retiro del fuero de los servidores públicos estatales, a efecto de no alterar las funciones que desempeñan los poderes de las entidades federativas.

En esa tesitura, la Ministra ponente, Margarita Ríos Farjat, señaló que los Estados de la República deben tener participación en la determinación de si se despoja a no a sus funcionarios de inmunidad por la comisión de delitos federales, privilegiando así su decisión frente a la tomada por la Cámara de Diputados.

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