EXPERIENCIA

IMPULSA YASMÍN ESQUIVEL PROTECCIÓN REFORZADA PARA MENORES VÍCTIMAS DE NEGLIGENCIA MÉDICA

La Ministra Yasmín Esquivel Mossa, en sus proyectos aprobados por la Segunda Sala de la SCJN, estableció que, en casos de negligencia médica contra menores, el interés superior de la niñez debe guiar el cálculo de indemnizaciones, considerando sus necesidades básicas como alimentos, educación y salud.

También se determina que, en ausencia de pruebas sobre la capacidad económica de los padres, las indemnizaciones deberán basarse en el salario mínimo.

CDMX, 27 DE NOVIEMBRE DE 2024. La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) analizó casos de dos niños que reclamaron la indemnización por responsabilidad patrimonial del Estado ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), con motivo de la negligente atención médica proporcionada durante sus primeras semanas posteriores a su nacimiento, lo que les ocasionó que perdieran la vista de forma irreparable.

Los proyectos de la Ministra Yasmín Esquivel Mossa parten del hecho de que al estar involucrados una niña y un niño se debe observar el interés superior de la niñez, así como su estado físico y, de ser el caso, su condición de género; poniendo especial atención en su realidad y necesidades al momento de analizar los efectos que resentirán en su integridad física por el daño que les fue causado.

En consecuencia, la Segunda Sala determinó por mayoría -con el voto en contra de la Ministra Lenia Batres Guadarrama- que la metodología para calcular el daño personal cuando la víctima sea un niño o niña se debe tomar en consideración los alimentos que le corresponden, los cuales comprenden comida, vestido, habitación, asistencia en casos de enfermedad y gastos necesarios para educación.

Por lo tanto, en asuntos de responsabilidad patrimonial del Estado por negligencia médica contra menores de edad, el parámetro para determinar la respectiva indemnización, cuando no se acredite la capacidad económica de los padres o tutores legales, debe utilizarse el salario mínimo y no la la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

En lo particular, en ambos asuntos se recuantificaron las indemnizaciones correspondientes atendiendo dicho criterio y, entre otras cosas, se condenó al IMSS en brindarles a los niños atención médica vitalicia.

Comparte la publicación:

Artículos relacionados

SIN PRIVILEGIOS PARA QUIENES BUSQUEN REELECCIÓN EN EL PODER JUDICIAL DE VERACRUZ: MINISTRA YASMÍN ESQUIVEL

CDMX, 3 DE JUNIO DE 2025. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desestimó en su mayoría una impugnación presentada por un partido

Leer más

CON PROYECTO DE LA MINISTRA YASMÍN ESQUIVEL, LA SCJN AVALA FACULTADES DE LA SECRETARÍA ANTICORRUPCIÓN Y BUEN GOBIERNO

CIUDAD DE MÉXICO, 27 DE MAYO DE 2025. El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) analizó uno de los decretos

Leer más

REFORMAS A LA ESTRUCTURA DE LA SECRETARÍA DE MARINA NO MILITARIZAN PUERTOS: YASMÍN ESQUIVEL

CIUDAD DE MÉXICO, 26 DE MAYO DE 2025. El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló, por mayoría de votos,

Leer más

EL 1 DE JUNIO TENEMOS UNA CITA PARA AVANZAR EN LA TRANSFORMACIÓN DE LA JUSTICIA: YASMÍN ESQUIVEL

OAXACA, MÉXICO,25 DE MAYO DE 2025. La justicia debe garantizar un trato equitativo y el goce efectivo de todos los derechos con una perspectiva de

Leer más