- El Pleno de la Corte examinó una disposición de la Ley Estatal de Educación de Chihuahua, relativa al uso correcto de las reglas gramaticales y ortográficas.
- La Ministra Yasmín Esquivel Mossa se pronunció por invalidar la norma por considerarla discriminatoria.
CIUDAD DE MÉXICO, 31 DE AGOSTO DE 2026. En sesión del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se analizó si la fracción XXVIII del artículo 8 de la Ley Estatal de Educación de Chihuahua que establece como finalidad “fomentar el uso correcto de las reglas gramaticales y ortográficas del idioma español” puede resultar discriminatoria o afectar la libertad de cátedra y de expresión del personal docente y alumnado.
Durante la resolución de las acciones de inconstitucionalidad 127/2025 y su acumulada 133/2025¸ la Ministra Yasmín Esquivel Mossa manifestó su desacuerdo con el proyecto por considerar que, de acuerdo con los antecedentes legislativos, la finalidad de la reforma fue prohibir el uso del lenguaje inclusivo en la educación pública.
Señaló que una disposición de esta naturaleza puede afectar de manera desproporcionada a las mujeres y a las personas no binarias, al contribuir a mantener desigualdades e invisibilizar su participación en la sociedad.
La Ministra recordó que la extinta Segunda Sala emitió criterio consistente en que las normas discriminatorias no admiten interpretación conforme; por ello consideró que se debe invalidar la norma y en todo caso emitir otra con el objetivo contrario, es decir, para que en la educación no solo se fomente el uso correcto de las reglas gramaticales y ortográficas del idioma, sino también para que éste no reproduzca esquemas de desigualdad y discriminación, ni estereotipos, prejuicios o concepciones sexistas.
